Reglamento de anuncios engañosos

Reglamento de anuncios engañosos

1¿Qué es un anuncio engañoso?
Cualquier anuncio que constituya o tienda a constituir fraude, engaño o comunique o tienda a comunicar una idea falsa o incorrecta sobre el bien o servicio anunciado. Cualquier anuncio que omite datos relevantes del producto, bien o servicio, limitando al consumidor de tomar decisiones informadas e inteligentes.
2¿Qué es una práctica engañosa y que incluye?
  • Regla 7(B) (1): Representar o expresar un hecho o una oferta si tal declaración es engañosa o falsa, o posee la tendencia o capacidad para confundir, o si no se tiene la información suficiente para sustentarla, o se ocultare un dato relevante. Incluye, a su vez, anunciar un bien o servicio para la venta y no tenerlo disponible o no tener las cantidades anunciadas.
  • Regla 7(B) (20): La omisión del comerciante en entregar o prestar diligentemente el bien o servicio según anunciado u ofrecido.
  • Regla 13 A: El comerciante tendrá disponible en la tienda para la venta, los bienes anunciados en venta especial, en cantidades suficientes para responder a la demanda razonablemente anticipada durante todo el periodo de efectividad de la venta especial anunciada. Si los bienes van a estar disponibles en almacén el anuncio lo tiene que especificar, así como el periodo y condiciones de entrega.
3¿Qué es un artículo sustituto?
Se entenderá como artículo sustituto aquel artículo similar, para el mismo uso o destino, de igual o superior calidad a un artículo anunciado en especial, y cuyo precio regular sea igual o superior pero no más del 50% del precio especial del artículo anunciado.