ORDEN 2022-010 PARA ORDENAR A LOS CONDOMINIOS SUJETOS A LA JURISDICCIÓN DEL DACO SOMETER INFORMACIÓN DE CONTACTO EN SITUACIONES DE EMERGENCIA

Orden 2022-010

Orden

Resumen

ORDEN 2022-009 PARA EXTENDER LA ORDEN 2022-003, SEGÚN ENMENDADA, SOBRE CONGELACIÓN DE MÁRGENES BRUTOS DE GANANCIA EN LA VENTA, AL POR MAYOR Y AL DETAL, DE GASOLINA, DIÉSEL Y GAS LICUADO
18 de abril de 2022
ORDEN 2022-011 PARA EXTENDER LA ORDEN 2022-003, SEGÚN ENMENDADA, A TENOR CON LO DISPUESTO EN LA RESOLUCIÓN CONJUNTA EN TORNO A “LA CRUDITA”, Y MANTENER EN VIGOR LA CONGELACIÓN DE MÁRGENES BRUTOS DE GANANCIA EN LA VENTA, AL POR MAYOR Y AL DETAL, DE GASOLINA, DIÉSEL Y GAS LICUADO EN PUERTO RICO
3 de mayo de 2022
  1. En o antes del viernes 13 de mayo de 2022, todos los condominios sujetos al Régimen de Propiedad Horizontal deberán someter al DACO la siguiente información:
    • a.nombre y teléfono de los miembros de la Junta de Directores;
    • nombre y teléfono del agente administrador;
    • plan de racionamiento de agua y de energía eléctrica a ser implantado durante los períodos de desastre o cuando se decrete un racionamiento, que garantice, equitativamente, un mínimo de uso de dichos recursos a todos los apartamentos.

II. El plan de racionamiento de agua y de energía eléctrica a someter deberá cumplir con los criterios establecidos en la Sección 36 del Reglamento sobre Condominios del DACO.

III. La información requerida deberá someterse al correo electrónico: planescondominios@daco.pr.gov. El “subject” del mensaje deberá especificar el nombre del condominio que está cumpliendo con los antedichos requisitos, los cuales surgen de la Ley Núm. 129 y el Reglamento 6728.

IV. Las Juntas de Directores que, al momento de emitirse esta Orden, aun no hubiesen notificado a todos los titulares del plan de emergencia actualizado al 2022, deberán hacerlo inmediatamente; o, a más tardar, en o antes del viernes 20 de mayo. Dicho plan deberá cumplir con los criterios establecidos en el Art. 70 de la Ley Núm. 129. Todo titular que entienda que la Junta de su condominio ha incumplido con este requisito de notificación, podrá notificarlo al correo planescondominios@daco.pr.gov.

V. Cualquier infracción a esta Orden, así como a las leyes y reglamentos en que la misma se ampara, pudieran dar lugar a la imposición de multas y sanciones.

Esta Orden entrará en vigor al momento de su firma.

En San Juan, Puerto Rico, 03 de mayo de 2022.

_________________________ Lcdo. Edan Rivera Rodríguez Secretario

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Número de Orden
2022-010