Orden
Para asegurar que los precios de los artículos de primera necesidad permanezcan dentro de unos niveles razonables, el Departamento establecerá un mecanismo de monitoreo de precios sobre la venta de dichos bienes. Asimismo, el Departamento continuará fiscalizando la industria de los combustibles, según lo dispuesto en la Orden 1993-3, Orden de 31 de diciembre de 1997, Orden 1999-3, Orden 2004-005, Orden 2007-06, Orden 2012-02, Orden 2013-04 y Orden 2014-08.