Reglamento
Este Reglamento se adopta con el propósito de establecer los requisitos con que deberán cumplir, los procedimientos en caso de incumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley Núm. 10 y la Ley Núm. 5, supra, y en este Reglamento, y disponer mecanismos protectores a favor del consumidor contra las prácticas proscritas en el negocio de bienes raíces en las transacciones a efectuarse por:
a. los Vendedores, los Corredores y Empresas de Bienes Raíces que se dedican a ofrecer vender o vender bienes inmuebles en Puerto Rico;
b. los Vendedores, Corredores, Empresas de Bienes Raíces y Propietarios que se dedican en Puerto Rico a ofrecer vender o vender bienes inmuebles localizados fuera de Puerto Rico.