DACO emite orden de congelación de precios para artículos de primera necesidad

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También emite una Orden para regular los márgenes de ganancia en la venta y distribución de gasolina, gas licuado y diésel.

La secretaria interina del Departamento al Consumidor (DACO), Carmen Salgado, ordenó hoy lunes sendas ordenes, una para la congelación de precios en los artículos de primera necesidad y otra para regular los márgenes de ganancia de la gasolina, gas licuado y diésel tras la vigilancia de tormenta tropical para Puerto Rico.

La Orden de congelación de precios 2019-002 emitida, también incluye, productos, servicios, materiales, suministros, equipos en venta o alquilado y que su consumo sea necesario en situaciones de emergencia.  Por otro lado, la Orden de Márgenes de Ganancias 2019-003, incluye la venta y distribución de la gasolina, el gas licuado y el diésel.

“Queremos que los consumidores se ocupen de los preparativos ante el evento atmosférico que se espera pase cerca de la Isla y que puede traer efectos de lluvia en nuestra zona. Es importante que todos los ciudadanos se estén preparando, es mejor estar preparados y no preocupados”, dijo la Secretaria al aclarar que la orden estará vigente hasta que concluya el evento atmosférico por nuestra zona.

Añadió que, “estaremos velando porque los comerciantes no aumenten el precio de los artículos de primera necesidad y que los precios sean justos y apropiados a los productos y servicios. Quien viole la orden del DACO podría llevar multas de hasta $10,000 según dicta por Ley”, advirtió Salgado.

Entre los artículos de primera necesidad se encuentran los alimentados enlatados, y frescos; medicinas, especialidades y prácticas farmacéuticas; gasolina, combustibles; tormenteras, servicios de modificación, reparación e instalación de tormenteras; tornillos, tuercas, clavos, expansiones, paneles de madera, soga, tensores y herramientas.

Asimismo, plantas eléctricas de gasolina, diesel o de gas propano, equipos, piezas, servicios de modificación, reparación e instalación de plantas eléctricas, de gasolina, diesel o gas propano; cisternas de agua, equipos piezas, servicios de modificación, reparación e instalación de cisternas de aguas; equipos, piezas y tanques de combustible de estufas portátiles; tanques y recipientes de almacenamiento de agua; tanques y recipientes de almacenamiento de combustible; toldos y casetas de campaña; además, baterías y linternas de todo tipo y cargadores de energía; agua, hielo, leche, café, todo tipo de farináceos y de granos  y  cualquier otro artículo o servicio que un consumidor pueda razonablemente necesitar para prepararse o recuperarse de la situación de emergencia.

Según aclaró, todos los artículos anunciados en venta especial deberán honrarse hasta la fecha límite difundida. Los términos y condiciones no podrán ser alterados.

La Secretaria aprovechó la oportunidad para instar a los consumidores que desean mayor orientación sobre este tema a que se comuniquen con el Departamento de Asuntos del Consumidor. De igual forma, a aquellos consumidores que entiendan que el comercio viola la orden de congelación de precios a que nos lo comunique a través del 787-722-7555 y/o accediendo a la página web www.daco.pr.gov en el área de confidencias.

Orden 2019-002

Orden 2019-003

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