II. El plan de racionamiento de agua y de energía eléctrica a someter deberá cumplir con los criterios establecidos en la Sección 36 del Reglamento sobre Condominios del DACO.
III. La información requerida deberá someterse al correo electrónico: planescondominios@daco.pr.gov. El “subject” del mensaje deberá especificar el nombre del condominio que está cumpliendo con los antedichos requisitos, los cuales surgen de la Ley Núm. 129 y el Reglamento 6728.
IV. Las Juntas de Directores que, al momento de emitirse esta Orden, aun no hubiesen notificado a todos los titulares del plan de emergencia actualizado al 2022, deberán hacerlo inmediatamente; o, a más tardar, en o antes del viernes 20 de mayo. Dicho plan deberá cumplir con los criterios establecidos en el Art. 70 de la Ley Núm. 129. Todo titular que entienda que la Junta de su condominio ha incumplido con este requisito de notificación, podrá notificarlo al correo planescondominios@daco.pr.gov.
V. Cualquier infracción a esta Orden, así como a las leyes y reglamentos en que la misma se ampara, pudieran dar lugar a la imposición de multas y sanciones.
Esta Orden entrará en vigor al momento de su firma.
En San Juan, Puerto Rico, 03 de mayo de 2022.
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Lcdo. Edan Rivera Rodríguez
Secretario