La Ley Núm. 129 – 2020, según enmendada, conocida como ‘La Ley de Condominios de Puerto Rico’, en su Artículo 70, establece ciertas medidas mínimas que los condominios deben adoptar como parte de sus preparativos para atender cualquier situación de emergencia. Entre otros, dispone que, durante el mes de enero de cada año, cada condominio tiene la obligación de notificar a ciertas entidades públicas los nombres, teléfonos y correos electrónicos de los miembros de la Junta de Directores y del Agente Administrador, con el propósito de que se pueda mantener un registro de las personas a contactarse en un momento de emergencia.
El deber de notificar incluye a las estaciones correspondientes del Negociado de la Policía de Puerto Rico, de la Oficina Municipal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres, del Negociado del Cuerpo de Bomberos, así como al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). Cabe destacar que, para la fecha de la presente Orden, los planes requeridos ya deben estar debidamente revisados en consulta con las entidades estatales, municipales y federales pertinentes y además haberse informado de su contenido a todos los titulares.
El pasado 29 de diciembre de 2023, el Departamento publicó un Aviso Público en el periódico Primera Hora exhortando a todas las Juntas de Directores y/o Consejos de Titulares de todos los condominios regidos por la Ley de Condominios de Puerto Rico sobre la obligación de notificarle al DACO la información requerida en cuanto a los planes de emergencias, entre otros, en o antes del 31 de enero de 2024. Disponiéndose que, el incumplimiento por parte de las Juntas de Directores y/o Consejos de Titulares pueden constituir infracciones a las disposiciones legales expresamente consignadas en la Ley de Condominios de Puerto Rico. Como tales, pudieran dar lugar a las multas y sanciones aplicables.
Al momento, han sido muchas juntas de directores que le han solicitado al DACO prórrogas para poder proveer la información requerida en cumplimiento con las disposiciones de la Ley 129 y el Reglamento de Condominios, Reglamento Núm. 9386 de 6 de junio de 2022. A esos efectos, en el marco de los poderes conferidos por la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, mejor conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor”, (Ley Núm. 5); así como la Ley Núm. 129, la Secretaria Designada del DACO emite la siguiente:
ORDEN
Esta orden entrará en vigor al momento de su firma.
En San Juan, Puerto Rico, hoy, 31 de enero de 2024.
Lcda. Lisoannette M. González Ruíz
Secretaria Designada