Orden
El sábado, 11 de enero de 2020, la Secretaria del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) emitió, al amparo de la Ley Núm. 228 de 12 de mayo de 1942, según enmendada, conocida como la “Ley Insular de Suministros”, la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada, conocida como la “Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor”, y el “Reglamento para la Congelación y Fijación de Precios de los Artículos de Primera Necesidad en Situaciones de Emergencia”, Reglamento Núm. 6811 de 18 de mayo de 2004, la Orden 2020-001 que congeló los precios de venta de los artículos de primera necesidad y gas licuado y los márgenes máximos de ganancia bruta a la venta de gasolina y diésel.
La Orden 2020-001 tenía un término de duración de diez (10) días. No obstante, ante la continua actividad sísmica en Puerto Rico, es necesario extender el término de la misma. Como consecuencia, la Secretaria del Departamento de Asuntos del Consumidor expide la siguiente:
ORDEN
Artículo 1 – Se extiende la vigencia de la Orden 2020-001 por un periodo de diez (10) días adicionales.
Artículo 2 – A partir de la vigencia de esta Orden, se deja sin efecto la congelación de precio para alimentos frescos, huevos frescos y todo tipo de farináceos.
Artículo 3 – Cumplimiento
En San Juan, Puerto Rico hoy 21 de enero de 2020, a las 2:00PM.
Carmen I. Salgado Rodríguez
Secretaria