Reglamento
El 13 de abril de 2000 se aprobó la Ley Número 67 para regular la contratación de arrendamientos con opción de compras de bienes muebles en Puerto Rico. La Ley definió el contrato de arrendamiento de opción de compra como un «acuerdo para el uso de propiedad mueble por una persona natural principalmente para propósitos de uso personal, familiar o del hogar, por un período inicial de un (1) año o menos el cual puede ser renovado automáticamente con cada pago después del período inicial, pero no obliga o requiere que el arrendatario continúe arrendando o usando la propiedad después del período inicial, y que permite que el arrendatario se convierta en el dueño de la propiedad”.