Reglamento
Este Reglamento se adopta con el propósito y a los fines de reglamentar las agencias de cobros mediante la concesión de las correspondientes licencias a las personas que reúnan los requisitos y condiciones prescritos en la Ley 143, supra y en este Reglamento; establecer mecanismos protectores al deudor contra las prácticas indeseables de las agencias de cobro; crear un balance de intereses entre las agencias de cobros y el acreedor; aclarar las facultades del Departamento de Asuntos del Consumidor y establecer los procedimientos y sanciones aplicables a las personas que incumplan el mismo.